{"id":905,"date":"2026-06-03T05:06:09","date_gmt":"2026-06-03T05:06:09","guid":{"rendered":"https:\/\/erco.energy\/co\/articles\/cumplimiento-normativo-generacion-distribuida-2026\/"},"modified":"2026-06-03T05:06:09","modified_gmt":"2026-06-03T05:06:09","slug":"cumplimiento-normativo-generacion-distribuida-2026","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/erco.energy\/co\/articles\/cumplimiento-normativo-generacion-distribuida-2026\/","title":{"rendered":"Cumplimiento normativo de generaci\u00f3n distribuida en Colombia"},"content":{"rendered":"<h2>Principales lecciones de este art\u00edculo<\/h2>\n<ul>\n<li>\n<p>El marco normativo de AGPE y generaci\u00f3n distribuida en Colombia exige dominar cinco resoluciones clave (CREG 174 de 2021, CREG 030 de 2018, RETIE, C\u00f3digo de Medida y Circular 254) para evitar rechazos y multas.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p>Presentar los siete documentos obligatorios completos desde la primera solicitud reduce de forma importante los tiempos de aprobaci\u00f3n ante cualquier Operador de Red.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p>Respetar los plazos y etapas del flujo de conexi\u00f3n (30 + 60 d\u00edas) y evitar el fraccionamiento de capacidad es indispensable para proyectos comercial e industrial de 20 a 500 kWp.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p>El cumplimiento de RETIE, la medici\u00f3n bidireccional y la correcta liquidaci\u00f3n de excedentes tipo 1 y 2 garantiza el reconocimiento econ\u00f3mico y la legalizaci\u00f3n final del sistema.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p>Para asegurar el cumplimiento normativo generaci\u00f3n distribuida Colombia 2026 y maximizar el ahorro en tu proyecto comercial e industrial, <a target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer nofollow\" href=\"https:\/\/erco.energy\/co\/quote?utm_source=referral&amp;utm_medium=blog&amp;utm_campaign=aigrowthagent\">solicita una asesor\u00eda especializada con Erco Energ\u00eda.<\/a><\/p>\n<\/li>\n<\/ul>\n<h2>1. Panorama regulatorio actualizado a mayo 2026<\/h2>\n<p>El cumplimiento normativo generaci\u00f3n distribuida en Colombia se apoya en cinco pilares que todo proyecto comercial e industrial de 20 a 500 kWp debe conocer y aplicar.<\/p>\n<p><strong>CREG 174 de 2021<\/strong> es la resoluci\u00f3n central que regula la conexi\u00f3n, operaci\u00f3n y condiciones t\u00e9cnicas de los AGPE al Sistema de Distribuci\u00f3n Local (SDL). Define plazos m\u00e1ximos que los Operadores de Red (OR) deben respetar para responder solicitudes de conexi\u00f3n y asigna responsabilidades a cada actor.<\/p>\n<p><strong>CREG 030 de 2018<\/strong> regula el reconocimiento y la liquidaci\u00f3n de excedentes de energ\u00eda inyectados a la red. Diferencia entre excedentes tipo 1 y tipo 2 y obliga a los comercializadores a comprarlos bajo condiciones espec\u00edficas de precio.<\/p>\n<p><strong>RETIE (Reglamento T\u00e9cnico de Instalaciones El\u00e9ctricas)<\/strong> establece los requisitos de seguridad el\u00e9ctrica que deben cumplir los sistemas AGPE antes de su puesta en servicio. La certificaci\u00f3n RETIE es condici\u00f3n obligatoria para la legalizaci\u00f3n ante el OR.<\/p>\n<p><strong>C\u00f3digo de Medida CREG 038<\/strong> define las especificaciones t\u00e9cnicas de los equipos de medici\u00f3n bidireccional requeridos para registrar consumo, generaci\u00f3n e inyecci\u00f3n de excedentes a la red.<\/p>\n<p><strong>Circular CREG 254<\/strong> complementa el marco con instrucciones operativas sobre el registro de fronteras comerciales ante XM y los procedimientos de activaci\u00f3n para que el comercializador pueda reconocer los excedentes generados.<\/p>\n<p><a target=\"_blank\" rel=\"noindex nofollow\" href=\"https:\/\/pv-magazine.com\/2026\/05\/22\/colombia-regulates-transmission-capacity-allocation-to-speed-up-energy-project-connections\">En mayo de 2026, Colombia avanz\u00f3 en la regulaci\u00f3n de la asignaci\u00f3n de capacidad de transmisi\u00f3n para acelerar las conexiones de proyectos energ\u00e9ticos<\/a>, lo que refuerza la necesidad de presentar documentaci\u00f3n completa desde la primera solicitud para usar los nuevos mecanismos de agilizaci\u00f3n. Adem\u00e1s, <a target=\"_blank\" rel=\"noindex nofollow\" href=\"https:\/\/trade.gov\/country-commercial-guides\/colombia-energy\">la incertidumbre regulatoria y los tr\u00e1mites administrativos siguen siendo obst\u00e1culos clave que pueden ralentizar los cronogramas de proyectos de generaci\u00f3n distribuida bien dise\u00f1ados<\/a>. Para navegar este contexto, el siguiente paso es entender qu\u00e9 exige el OR en la pr\u00e1ctica.<\/p>\n<h2>2. Los 7 documentos obligatorios para la solicitud de conexi\u00f3n<\/h2>\n<p>La solicitud de conexi\u00f3n ante el Operador de Red requiere un expediente completo. Una radicaci\u00f3n incompleta es la causa m\u00e1s frecuente de rechazo y reinicio de plazos. Los siete documentos obligatorios cumplen funciones espec\u00edficas dentro del proceso.<\/p>\n<p><strong>1. Formulario de solicitud de conexi\u00f3n<\/strong> diligenciado seg\u00fan el formato oficial del OR correspondiente (Aire, Codensa, EPM, Electrohuila, Air-e, Afinia, ESSA, seg\u00fan la ciudad del proyecto). Este formulario establece la base legal de la solicitud y permite al OR identificar al titular y las caracter\u00edsticas generales del proyecto.<\/p>\n<p><strong>2. Memoria de c\u00e1lculo y dise\u00f1o el\u00e9ctrico<\/strong> firmada por ingeniero electricista con matr\u00edcula profesional vigente, que incluya diagrama unifilar, c\u00e1lculo de cortocircuito y coordinaci\u00f3n de protecciones. Esta memoria respalda la viabilidad t\u00e9cnica del sistema y le permite al OR evaluar el impacto del AGPE sobre su red.<\/p>\n<p><strong>3. Certificado de conformidad RETIE<\/strong> emitido por organismo de inspecci\u00f3n acreditado, que valide la instalaci\u00f3n el\u00e9ctrica del sistema AGPE. Sin este certificado de seguridad el\u00e9ctrica, el OR no puede aprobar la conexi\u00f3n f\u00edsica del sistema.<\/p>\n<p><strong>4. Especificaciones t\u00e9cnicas de inversores y m\u00f3dulos<\/strong> con fichas t\u00e9cnicas que demuestren cumplimiento de normas IEC aplicables y compatibilidad con la red del OR. Estos documentos permiten verificar que los equipos cumplen est\u00e1ndares m\u00ednimos de desempe\u00f1o y seguridad.<\/p>\n<p><strong>5. Plano de localizaci\u00f3n y distribuci\u00f3n del sistema<\/strong> con coordenadas geogr\u00e1ficas, identificaci\u00f3n del punto de conexi\u00f3n y capacidad instalada en kWp y kVA. Este plano facilita al OR la revisi\u00f3n de la ubicaci\u00f3n, la topolog\u00eda de la instalaci\u00f3n y la relaci\u00f3n con la infraestructura existente.<\/p>\n<p><strong>6. Poder o autorizaci\u00f3n del representante legal<\/strong> de la empresa solicitante, con c\u00e1mara de comercio vigente (no mayor a 30 d\u00edas en la mayor\u00eda de OR). Este poder acredita qui\u00e9n puede adelantar tr\u00e1mites y firmar acuerdos de conexi\u00f3n en nombre del titular.<\/p>\n<p><strong>7. Carta de autorizaci\u00f3n al comercializador<\/strong> para el registro de la frontera de generaci\u00f3n ante XM y la compra de excedentes, seg\u00fan lo exige la Circular CREG 254. Esta carta conecta el proyecto t\u00e9cnico con el esquema comercial de reconocimiento de energ\u00eda.<\/p>\n<h2>3. Flujo paso a paso ante el Operador de Red<\/h2>\n<p>El proceso de conexi\u00f3n sigue cuatro etapas secuenciales con plazos definidos por la CREG 174 de 2021. Cada etapa depende de la anterior y cualquier correcci\u00f3n reinicia tiempos.<\/p>\n<p><strong>Etapa 1, solicitud formal:<\/strong> La empresa radica el expediente completo ante el OR. El OR tiene un plazo m\u00e1ximo de 30 d\u00edas h\u00e1biles para emitir concepto de viabilidad t\u00e9cnica. En Bogot\u00e1 (Codensa) y Medell\u00edn (EPM) los portales digitales permiten radicaci\u00f3n en l\u00ednea. En Barranquilla y Cartagena (Air-e y Afinia) la radicaci\u00f3n puede requerir visita presencial a oficinas comerciales.<\/p>\n<p><strong>Etapa 2, estudios de conexi\u00f3n:<\/strong> Cuando el OR requiere estudios adicionales de impacto en la red, por ejemplo en proyectos superiores a 100 kWp en redes con alta penetraci\u00f3n solar, el plazo se extiende hasta 60 d\u00edas h\u00e1biles adicionales. En Cali (Emcali) e Ibagu\u00e9 (Electrohuila) los tiempos de estudio suelen ser m\u00e1s extensos en circuitos con saturaci\u00f3n de AGPE.<\/p>\n<p><strong>Etapa 3, aprobaci\u00f3n y firma de acuerdo de conexi\u00f3n:<\/strong> El OR emite el acta de aprobaci\u00f3n t\u00e9cnica y las partes firman el acuerdo de conexi\u00f3n. En Bucaramanga (ESSA) este documento es requisito previo para programar la visita de inspecci\u00f3n RETIE.<\/p>\n<p><strong>Etapa 4, activaci\u00f3n de frontera ante XM:<\/strong> Con el acta de legalizaci\u00f3n aprobada por el OR y la carta de autorizaci\u00f3n al comercializador, se registra la frontera de generaci\u00f3n. El proceso de activaci\u00f3n toma entre 20 y 25 d\u00edas h\u00e1biles desde la radicaci\u00f3n de documentos completos ante el comercializador.<\/p>\n<h2>4. Reglas anti-fraccionamiento de capacidad<\/h2>\n<p>El fraccionamiento de capacidad consiste en dividir artificialmente un proyecto de generaci\u00f3n en m\u00faltiples sistemas de menor tama\u00f1o para eludir requisitos t\u00e9cnicos o regulatorios aplicables a proyectos de mayor capacidad. La CREG 174 de 2021 y las instrucciones complementarias de la CREG proh\u00edben esta pr\u00e1ctica cuando los sistemas comparten punto de conexi\u00f3n, infraestructura el\u00e9ctrica o titular.<\/p>\n<p>Para determinar si un proyecto puede estructurarse en fases independientes, aplica el siguiente \u00e1rbol de decisi\u00f3n en orden.<\/p>\n<p><strong>Primera pregunta: \u00bflos sistemas comparten el mismo punto de conexi\u00f3n a la red del OR?<\/strong> Si la respuesta es s\u00ed, se consolidan como un \u00fanico AGPE y se suman sus capacidades para efectos regulatorios, sin importar otras caracter\u00edsticas.<\/p>\n<p><strong>Si comparten predio pero tienen puntos de conexi\u00f3n distintos, eval\u00faa: \u00bflos sistemas pertenecen al mismo titular o a empresas vinculadas en el mismo predio?<\/strong> En este escenario, el OR puede exigir la presentaci\u00f3n unificada del proyecto, aunque existan acometidas separadas.<\/p>\n<p><strong>Solo si ambas condiciones anteriores son negativas, aplica la tercera: \u00bflos sistemas est\u00e1n en predios distintos con acometidas independientes y titulares diferentes?<\/strong> En este caso, cada sistema puede tramitarse de forma aut\u00f3noma siempre que no exista evidencia de coordinaci\u00f3n artificial para eludir umbrales regulatorios.<\/p>\n<p>Un ejemplo frecuente en el segmento industrial es una planta con consumo de 800 kWp disponible en techo que intenta registrar dos sistemas de 400 kWp bajo razones sociales distintas pero con el mismo NIT de grupo empresarial. El OR puede consolidar los sistemas y exigir el tr\u00e1mite unificado con los requisitos del rango superior de capacidad.<\/p>\n<h2>5. Requisitos RETIE y C\u00f3digo de Medida para AGPE<\/h2>\n<p>La legalizaci\u00f3n t\u00e9cnica de un AGPE combina la inspecci\u00f3n RETIE y el cumplimiento del C\u00f3digo de Medida. Ambos requisitos se revisan de forma conjunta en el acta de legalizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El RETIE exige que toda instalaci\u00f3n el\u00e9ctrica de un sistema AGPE sea inspeccionada por un organismo de inspecci\u00f3n acreditado ante el ONAC antes de su puesta en servicio. La inspecci\u00f3n verifica el cumplimiento de normas NTC aplicables, la correcta instalaci\u00f3n de protecciones de desconexi\u00f3n autom\u00e1tica anti-isla, la puesta a tierra y el etiquetado de seguridad.<\/p>\n<p>El C\u00f3digo de Medida CREG 038 establece que el medidor instalado en el punto de conexi\u00f3n debe ser bidireccional, con capacidad de registro de energ\u00eda activa importada y exportada en intervalos de 15 minutos, y debe cumplir con clase de exactitud 1 o superior. El OR es responsable de verificar la homologaci\u00f3n del equipo de medida antes de aprobar la conexi\u00f3n.<\/p>\n<p>La ausencia de cualquiera de estos dos requisitos es causal de rechazo del acta de legalizaci\u00f3n. Este rechazo reinicia el conteo de plazos y puede generar costos adicionales de re-inspecci\u00f3n.<\/p>\n<h2>6. Reconocimiento y liquidaci\u00f3n de excedentes (tipos 1 y 2 seg\u00fan CREG 030)<\/h2>\n<p>La CREG 030 de 2018 establece dos categor\u00edas de excedentes para los AGPE conectados a la red. Cada categor\u00eda tiene un esquema de precio y un impacto diferente en la factura.<\/p>\n<p><strong>Excedentes tipo 1:<\/strong> Son aquellos en los que la energ\u00eda exportada a la red en el mes es menor o igual a la energ\u00eda importada de la red en el mismo per\u00edodo. Se reconocen al precio CU menos Cv, es decir, al costo unitario de prestaci\u00f3n del servicio menos el costo de ventas del comercializador. Este reconocimiento se refleja como compensaci\u00f3n en la factura del usuario.<\/p>\n<p><strong>Excedentes tipo 2:<\/strong> Son los excedentes acumulados que al cierre del mes superan la energ\u00eda importada. Se liquidan al precio de bolsa de energ\u00eda, que es variable y por lo general inferior al precio de los excedentes tipo 1.<\/p>\n<p>Para que el comercializador pueda reconocer los excedentes, el AGPE debe tener activa su frontera de generaci\u00f3n ante XM. Los documentos requeridos para iniciar este proceso son el acta de legalizaci\u00f3n aprobada por el OR, la carta de autorizaci\u00f3n firmada por el representante legal de la empresa y el documento RETIE o carta del OR que certifique la capacidad instalada en inversores.<\/p>\n<h2>7. Exoneraci\u00f3n de energ\u00eda reactiva seg\u00fan Decreto 0929 de 2023<\/h2>\n<p>El Decreto 0929 del 7 de junio de 2023, expedido por el Ministerio de Minas y Energ\u00eda, establece que los usuarios regulados que cuenten con sistemas de autogeneraci\u00f3n a peque\u00f1a escala a partir de Fuentes No Convencionales de Energ\u00eda Renovable (FNCER) est\u00e1n exentos del cobro de energ\u00eda reactiva. Este beneficio aplica desde la siguiente facturaci\u00f3n posterior a la radicaci\u00f3n de la solicitud de exoneraci\u00f3n ante el comercializador.<\/p>\n<p>Para acceder a la exoneraci\u00f3n, el AGPE debe presentar una solicitud expresa de la empresa indicando su deseo de quedar exenta del cobro y una certificaci\u00f3n expedida por el Operador de Red que avale el proyecto como AGPE con fuente FNCER. La exoneraci\u00f3n no es autom\u00e1tica y requiere gesti\u00f3n activa ante el comercializador con la documentaci\u00f3n completa.<\/p>\n<h2>8. Actualizaciones regulatorias 2025-2026 que afectan proyectos en curso<\/h2>\n<p>Las actualizaciones regulatorias recientes modifican el contexto de conexi\u00f3n y operaci\u00f3n de los AGPE y pueden exigir ajustes en proyectos en curso.<\/p>\n<p><a target=\"_blank\" rel=\"noindex nofollow\" href=\"https:\/\/ess-news.com\/2025\/12\/09\/colombia-advances-policy-for-5-mw-grid-scale-and-off-grid-energy-storage\">En diciembre de 2025, Colombia avanz\u00f3 en la pol\u00edtica de almacenamiento de energ\u00eda para sistemas de hasta 5 MW<\/a>, lo que abre la puerta a proyectos AGPE h\u00edbridos de solar con bater\u00eda con un marco regulatorio m\u00e1s claro para su conexi\u00f3n y operaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La Resoluci\u00f3n CREG 101 072 de 2025 estableci\u00f3 reglas para la integraci\u00f3n a la red, venta de excedentes, interconexi\u00f3n y tarifas aplicables a comunidades energ\u00e9ticas en Colombia, lo que ampl\u00eda el ecosistema de actores que pueden participar en esquemas de generaci\u00f3n distribuida colectiva.<\/p>\n<p><a target=\"_blank\" rel=\"noindex nofollow\" href=\"https:\/\/trade.gov\/country-commercial-guides\/colombia-energy\">Con m\u00e1s de 1.000 proyectos solares de autogeneraci\u00f3n del sector privado en operaci\u00f3n, los tr\u00e1mites administrativos y la coordinaci\u00f3n regulatoria siguen siendo los principales factores de retraso<\/a> para proyectos que no cuentan con acompa\u00f1amiento especializado desde la etapa de dise\u00f1o. En este contexto, los proyectos en curso deben verificar la compatibilidad de sus equipos de medida con los nuevos requisitos de telemetr\u00eda exigidos por algunos OR para circuitos con alta penetraci\u00f3n de AGPE y revisar si sus acuerdos de conexi\u00f3n requieren adendas ante los cambios en los procedimientos de registro de fronteras ante XM.<\/p>\n<h2>Erco Energ\u00eda: compa\u00f1\u00eda pionera en energ\u00eda limpia<\/h2>\n<p>Erco Energ\u00eda impulsa la transici\u00f3n de las empresas hacia una energ\u00eda limpia, con costos competitivos y gesti\u00f3n digital.<\/p>\n<p>La compa\u00f1\u00eda tiene m\u00e1s de 12 a\u00f1os de experiencia y m\u00e1s de 4.000 proyectos ejecutados en Colombia. Erco Energ\u00eda acompa\u00f1a a negocios de los segmentos comercial e industrial para convertir la energ\u00eda de un costo vol\u00e1til en una herramienta de gesti\u00f3n m\u00e1s predecible.<\/p>\n<p>El enfoque integral de Erco Energ\u00eda cubre dise\u00f1o y estructuraci\u00f3n del proyecto, construcci\u00f3n, operaci\u00f3n, cumplimiento regulatorio y gesti\u00f3n inteligente de la energ\u00eda.<\/p>\n<p>Con tecnolog\u00eda avanzada y acompa\u00f1amiento experto, Erco Energ\u00eda ayuda a las empresas a reducir costos, ganar previsibilidad financiera, asegurar la continuidad operativa y avanzar en objetivos de sostenibilidad y ESG.<\/p>\n<p><strong>Principales soluciones de Erco Energ\u00eda:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>\n<p><strong>Energ\u00eda solar para empresas:<\/strong> dise\u00f1o, construcci\u00f3n, operaci\u00f3n y mantenimiento de sistemas solares para autoconsumo y venta de excedentes.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p><strong>Comercializaci\u00f3n de energ\u00eda limpia:<\/strong> tarifas competitivas y estables con monitoreo digital, visibilidad hora a hora y reportes de consumo.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p><strong>Generaci\u00f3n distribuida:<\/strong> desarrollo y operaci\u00f3n de proyectos solares en techos, infraestructuras o terrenos para mayor autonom\u00eda energ\u00e9tica.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p><strong>Eficiencia energ\u00e9tica y gesti\u00f3n de activos:<\/strong> consultor\u00eda t\u00e9cnica, monitoreo y mantenimiento para mejorar el desempe\u00f1o de los sistemas.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p><strong>Expansi\u00f3n del ecosistema energ\u00e9tico:<\/strong> integraci\u00f3n de almacenamiento en bater\u00edas y soluciones de movilidad el\u00e9ctrica para una estrategia energ\u00e9tica integral.<\/p>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p><a target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer nofollow\" href=\"https:\/\/erco.energy\/co\/quote?utm_source=referral&amp;utm_medium=blog&amp;utm_campaign=aigrowthagent\">Cotiza tu sistema de monitoreo y energ\u00eda limpia y recibe una estimaci\u00f3n de costos, retorno de inversi\u00f3n e impacto ambiental para tu empresa.<\/a><\/p>\n<h2>Preguntas frecuentes sobre AGPE Colombia<\/h2>\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1nto tiempo tarda la aprobaci\u00f3n de conexi\u00f3n de un AGPE ante el Operador de Red?<\/strong><\/p>\n<p>El plazo est\u00e1ndar es de 30 d\u00edas h\u00e1biles para el concepto de viabilidad t\u00e9cnica, contados desde la radicaci\u00f3n del expediente completo. Cuando el OR requiere estudios adicionales de impacto en la red, el plazo puede extenderse hasta 60 d\u00edas h\u00e1biles adicionales. Los tiempos var\u00edan por ciudad y OR: Codensa (Bogot\u00e1) y EPM (Medell\u00edn) tienen procesos m\u00e1s digitalizados, mientras que Air-e (Barranquilla), Afinia (Cartagena), Emcali (Cali), Electrohuila (Ibagu\u00e9) y ESSA (Bucaramanga) pueden requerir gesti\u00f3n presencial adicional. La presentaci\u00f3n de documentaci\u00f3n incompleta reinicia los plazos desde cero.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 es el fraccionamiento de capacidad y por qu\u00e9 est\u00e1 prohibido?<\/strong><\/p>\n<p>El fraccionamiento consiste en dividir artificialmente un proyecto en sistemas de menor tama\u00f1o para eludir requisitos t\u00e9cnicos o regulatorios. La CREG 174 de 2021 proh\u00edbe esta pr\u00e1ctica cuando los sistemas comparten punto de conexi\u00f3n, infraestructura el\u00e9ctrica o titular en el mismo predio. Los OR pueden consolidar sistemas fraccionados y exigir el tr\u00e1mite unificado con los requisitos del rango de capacidad correspondiente al total del proyecto. Cada caso debe evaluarse con base en la independencia real de los sistemas, sus puntos de conexi\u00f3n y la estructura societaria del titular.<\/p>\n<p><strong>\u00bfC\u00f3mo se liquidan los excedentes de energ\u00eda y cu\u00e1ndo empieza el reconocimiento?<\/strong><\/p>\n<p>Los excedentes se clasifican en tipo 1, cuando la exportaci\u00f3n mensual es menor o igual a la importaci\u00f3n y se reconocen al precio CU menos Cv, y tipo 2, cuando los excedentes superan la importaci\u00f3n mensual y se reconocen al precio de bolsa. El reconocimiento inicia una vez el comercializador activa la frontera de generaci\u00f3n ante XM, proceso que toma entre 20 y 25 d\u00edas h\u00e1biles desde la radicaci\u00f3n del acta de legalizaci\u00f3n aprobada por el OR, la carta de autorizaci\u00f3n del cliente y el documento RETIE o carta del OR con la capacidad instalada.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 beneficios tributarios aplican a los proyectos AGPE con FNCER?<\/strong><\/p>\n<p>Los proyectos de autogeneraci\u00f3n con fuentes no convencionales de energ\u00eda renovable acceden a beneficios establecidos en la Ley 1715 de 2014 y sus decretos reglamentarios. Estos beneficios incluyen deducci\u00f3n especial en renta, exclusi\u00f3n de IVA en equipos y exenci\u00f3n de arancel de importaci\u00f3n. La ley otorga una cl\u00e1usula de estabilidad de 30 a\u00f1os desde su expedici\u00f3n, lo que protege estos incentivos frente a cambios de gobierno. El titular de la inversi\u00f3n es quien accede al beneficio tributario, sin importar si es el mismo usuario del sistema o una persona jur\u00eddica diferente.<\/p>\n<p><strong>\u00bfPuede el Operador de Red negar la conexi\u00f3n de un sistema AGPE?<\/strong><\/p>\n<p>El OR no puede negar de forma arbitraria la conexi\u00f3n de un AGPE que cumpla con los requisitos t\u00e9cnicos y documentales establecidos en la CREG 174 de 2021. Sin embargo, puede condicionar la aprobaci\u00f3n al cumplimiento de requisitos adicionales derivados de estudios de impacto en la red, como la instalaci\u00f3n de protecciones espec\u00edficas o la limitaci\u00f3n de la capacidad de inyecci\u00f3n. El acompa\u00f1amiento de un integrador con experiencia en el OR espec\u00edfico de cada ciudad reduce de manera significativa el riesgo de observaciones t\u00e9cnicas que demoren la aprobaci\u00f3n.<\/p>\n<p><a target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer nofollow\" href=\"https:\/\/erco.energy\/co\/quote?utm_source=referral&amp;utm_medium=blog&amp;utm_campaign=aigrowthagent\">Cotiza tu sistema de monitoreo y energ\u00eda limpia y recibe una estimaci\u00f3n de costos, retorno de inversi\u00f3n e impacto ambiental para tu empresa.<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Cumple con CREG 174, RETIE y C\u00f3digo de Medida en proyectos C&amp;I. 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